Debate por la despenalización del aborto en Argentina

El relator de las Naciones Unidas en temas de salud, Anand Grover, aboró un informe sobre derechos sexuales y reproductivos el cual destacó la necesidad de que sean respetados, porque se afecta no sólo el derecho a la salud sino el derecho a la autonomía de las mujeres. El informe fue presentado durante la Sesión Nº 66 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. En el debate generado durante la presentación, se destacó la intervención de la abogada Susana Chiarotti, integrante del Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar), de Rosario, y del Comité de Expertas de la OEA, y Josefina Durán, coordinadora del Area Jurídica del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género.

Legitimación de los derechos sexuales y reproductivos

El informe representa un hito en la interpretación de los derechos sexuales y reproductivos dentro del Sistema de las Naciones Unidas, ya que pide la despenalización de las legislaciones que condenen el acceso al aborto y de las normativas que impidan el acceso a los derechos sexuales y reproductivos.

"Las restricciones jurídicas y penales (en relación con el aborto, la conducta durante el embarazo, los métodos anticonceptivos, y la planificación de la familia y el acceso a la educación y la información en materia de salud sexual y reproductiva) dificultan el acceso a bienes, servicios e información de calidad y, por consiguiente, vulneran el derecho a la salud. También atentan contra la dignidad humana al coartar las libertades dimanantes del derecho a la salud, en particular en lo que respecta a la adopción de decisiones y a la integridad física. Asimismo, la aplicación de esas leyes para obtener determinados resultados en el ámbito de la salud pública resulta a menudo ineficaz y desproporcionada", señala el Informe Provisional del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

"Las restricciones jurídicas y penales (en relación con el aborto, la conducta durante el embarazo, los métodos anticonceptivos, y la planificación de la familia y el acceso a la educación y la información en materia de salud sexual y reproductiva) dificultan el acceso a bienes, servicios e información de calidad y, por consiguiente, vulneran el derecho a la salud."Por parte, Chiarotti destacó que "No hay que olvidarse que desde la realización de la conferencia de El Cairo, en 1994, estamos en un proceso de legitimación de los derechos sexuales y reproductivos dentro del sistema internacional de derechos. El informe de Grove es el fruto del trabajo de decenas de compañeras y compañeros que vienen bregando hace años por el reconocimiento del impacto negativo de la criminalización de las diferentes formas de construir la sexualidad y ejercer la reproducción."

El informe repasa el sentido del derecho penal ("regular conductas que se perciben como amenazadoras, peligrosas o dañinas para una o varias personas o para la sociedad") y advierte sobre la violación de los derechos humanos que implica en los casos de derechos sexuales y reproductivos: "Las leyes penales y las restricciones de la salud sexual y reproductiva de otra índole podrían afectar negativamente al derecho a la salud en múltiples aspectos, incluso atentando contra la dignidad humana. El respeto de la dignidad es fundamental para el ejercicio de todos los derechos humanos. La dignidad exige que las personas sean libres para tomar decisiones personales sin la injerencia del Estado, especialmente en un ámbito tan importante e íntimo como la Salud Sexual y Reproductiva. (…) Muchas de esas normas se basan en la convicción de que la libertad de la mujer, especialmente en lo que respecta a su identidad sexual, debe reducirse y controlarse. Cuando una mujer que reivindica su libertad sexual y reproductiva transgrede esas normas basadas en estereotipos suele sufrir severos castigos6, con los consiguientes efectos adversos para su salud; eso constituye una violación de su derecho a la salud."

Posibles consecuencias

El informe, que recomienda el libre acceso a información y educación sexual, métodos anticonceptivos de todo tipo y aborto seguro, tendrá un impacto que se irá midiendo con el tiempo, tanto en la jurisprudencia internacional como local. Se trata de un instrumento que puede ser utilizado por el Sistema de Naciones Unidas en futuros dictámenes y por las organizaciones de la sociedad civil para hacer cumplir los derechos de las mujeres en cada país. "Tendrá consecuencias sin duda en los dictámenes de los Comités de Seguimiento de la CEDAW (Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) y de los diferentes pactos de las Naciones Unidas, pero también en la jurisprudencia local", así lo destacó Josefina Durán. "Tendrá influencia sin duda en la discusión que se está dando en la Argentina por la despenalización y legalización del aborto. En una línea de respeto a los derechos humanos, el Estado argentino no puede tener una política más regresiva que los acuerdos internacionales que suscribió."

Chiarotti, que rescata del informe no sólo el señalamiento sobre el impacto negativo de la criminación del aborto sino también del control y sujeción de la expresión de las diferentes formas de sexualidad (trans, lesbianas, bisexuales, homosexuales), observa otra consecuencia posible sobre la redacción en trámite del comentario general sobre derechos sexuales y reproductivos del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que está revisando la posible inclusión, dentro del artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de los derechos sexuales y reproductivos como parte del derecho a la salud. Esta posible inclusión, que probablemente sea apoyada por el informe de Grover, sería otro paso fundamental en la legitimación y reconocimiento por parte de la ONU, de los derechos sexulaes y reproductivos como derechos humanos fundamentales.

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