Baja retribuida para padres de niños enfermos

Con el nombre “Estudio de una nueva prestación por cuidado extraordinario de menores” un equipo multidisciplinar compuesto por médicos, abogados y psicólogos  realiza hace meses un intenso trabajo de investigación para desarrollar el contenido de la prestación aprobada ayer en el Congreso.

El estudio, que ha sido encargado por la Secretaría de Estado de Seguridad Social, verá la luz a finales de año, haciéndose especial referencia a las situaciones de necesidad que se produce en los niños con cáncer.

Lo que necesitan estos padres es un tiempo específico para dedicarlo a su hijos enfermos, que dependerá de la enfermedad y su tratamiento. Una medida de este tipo tiene claros beneficios para la sociedad.

Desde hace más de un año un equipo de investigación viene trabajando en ello. Lo  forman las doctoras Blanca López Ibor y Marta Villa (Jefe y médico adjunto, respectivamente, de la Unidad de Hematología y Oncología Pediátrica del Hospital Universitario Madrid Montepríncipe), Dolores Carrillo Márquez (Doctora en Derecho y profesora del área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Pontificia Comillas -ICADE-),  Ana Higuera Garrido (Abogada de Uría Menéndez y profesora de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Pontifica Comillas-ICADE-), Gloria Juste Picón (Presidenta de la Fundación Mujer Familia y Trabajo) e  Isabel Oñoro Carrascalla  (Psicóloga Clínica y responsable del área de rehabilitación psicológica Hospital de la Orden de San Juan de Dios).

“Lo que necesitan estos padres es un tiempo específico para dedicarlo a su hijos enfermos, que dependerá de la enfermedad y su tratamiento”, declaran López Ibor, Juste, Higuera, Villa, Carrillo y Oñoro. Hoy en estas familias uno de los padres debe abandonar el trabajo remunerado que venía desempeñando, si es que puede permitírselo. Por lo tanto una medida de este tipo tiene claros beneficios para la sociedad:

  • Es favorable para la familia en circunstancias ciertamente duras que además no se ve obligada a solicitar otro tipo de bajas, como la depresión o ansiedad para justificar su tiempo de dedicación exclusiva a un hijo
  • Beneficia,  al menor enfermo que se verá siempre atendido por uno de sus progenitores
  • Beneficia a la empresa porque, durante el tiempo que dura el tratamiento la realidad es que el padre trabajador, no va a rendir plenamente y por lo tanto no esta siendo productivo para su empresa,. Ofrecer esta oportunidad significa entender su circunstancia y por tanto generar en él o ella un alto nivel de tranquilidad que sin duda se traducirá en fidelidad hacia la empresa.
  • Beneficia a la Administración Pública evitando “bajas injustificadas” que suponen un coste económico y sanitario.
  • Beneficia a la sociedad porque, en definitiva, una Administración de bienestar debe dar respuesta a sus ciudadanos en situaciones graves pero transitorias que exigen una mayor flexibilidad en el mercado de trabajo.

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