Límites en la publicidad dirigida a menores

El Gobierno aprobó el proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, que establece un marco jurídico básico para el sector audiovisual e incluye algunas novedades como la prohibición de la pornografía, la limitación de la publicidad sexista y aquella dirigida a menores, la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisual, la posibilidad de que los operadores puedan destinar parte de lo que están obligados a invertir en cine a series de televisión y la renovación automática de licencias.

«Remitimos hoy al Parlamento una ley necesaria, deseada, liberalizadora, moderna, garantista e imprescindible para el sector y la industria audiovisual española». Así definió la vicepresidenta primera de Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el texto que ahora se remite al Parlamento para su tramitación después de haber recogido algunas sugerencias del Consejo de Estado, el Comisión Nacional de la Competencia y la Asociación de Usuarios de la Comunicación especialmente en materia de protección al menor.

Largamente esperada, la futura norma ordena el conjunto del sector y plantea las reglas del juego de la industria audiovisual de cara al futuro. Por una parte, y con el objetivo de proteger a los menores, el proyecto regula la publicidad.

En este sentido, introduce que la comunicación comercial «no deberá producir perjuicio moral o físico a los menores» y prohíbe la publicidad dirigida a menores cuando pueda explotar «su admiración hacia terceros». Además, los anunciantes no podrán vender sus productos dentro de series o programas infantiles.

El proyecto también considera ilegal «toda publicidad que no transmita una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres», y garantiza la accesibilidad de las personas con discapacidad a la televisión.

Asimismo, el texto incluye la prohibición de emitir pornografía en abierto o violencia gratuita, y la limitación a un horario que va de a una a las cinco de la madrugada de los programas de juegos de azar.

Los contenidos pornográficos únicamente se podrán emitir en codificado entre las 22.00 y las 6.00 horas.

Una de las partes que más polémica ha desatado entre los operadores privados es la creación de un Consejo Estatal de Medios Audiovisuales que velará por el cumplimiento de la ley y que prevé sanciones a los operadores que no cumplan las reglas marcadas por la norma y que pueden llegar hasta un millón de euros en casos muy graves, como el fomento del odio, el desprecio o la discriminación por motivos de raza, sexo o religión.

Con el cine europeo
Además, la nueva normativa permite que en el polémico 5% que las cadenas privadas deben reservar de sus ingresos para financiar cine europeo se incluya también la producción de series, aunque del citado porcentaje un 60% se dedicará a largometrajes y películas de televisión.

En total, las televisiones deben dedicar el 51% de su emisión anual a obras europeas, con exclusión del tiempo dedicado a las informaciones, manifestaciones deportivas, juegos, publicidad, servicios de texto o televenta.

Para las televisiones públicas, la norma es más rígida e impone destinar el 6% de sus ingresos al cine europeo en exclusividad.

También te pueden interesar…


¿Ya has visitado
Son noticia/Premios/Eventos en nuestra ZONA EMPRESAS?

Artículo anteriorTrabaja EN tu negocio (y no para él…)
Artículo siguienteCanarias abre las puertas a AÏTA