Ganaderas y agriculturas tendrán el 50% de la tierra

Los hombres trabajan día a día en el medio rural, pero también son muchas las mujeres. A estas ganaderas y agricultoras no se les conceden además derechos, no existe siquiera una ley que regule la titularidad compartida de las tierras. Carmen Quintanilla cuenta en qué consiste el anteproyecto de Ley de Titularidad Compartida que  AFAMMER presentó ante el Consejo de Ministros.

Quintanilla, presidenta de Confederación Nacional de Federaciones y Asociaciones de Familias y Mujeres del Medio Rural (AFAMMER), ha afirmado que, a través de esta Ley, “por fin se hace visible el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias y se les otorga el reconocimiento jurídico, fiscal, laboral y social que les corresponde y se termina con la injusta situación de desigualdad que venían sufriendo las mujeres colaboradoras de las explotaciones agrarias y ganaderas, que ahora podrán ser cotitulares con los mismos derechos y obligaciones que sus cónyuges o parejas”.

Con el anteproyecto de ley se titularidad compartida de las tierras se pretende dar a la mujer los mismos derechos que a los hombres rurales Para ella, los aspectos más destacables de este Anteproyecto de Ley son el hecho de que la administración de la explotación corresponderá a ambos cotitulares de forma conjunta, que la representación de la explotación será solidaria, que los beneficios generados por la explotación se repartirán al 50% entre ambos titulares y que los cotitulares estarán también incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, con los mismos derechos que establece la Ley por la que se procede a la integración de las personas trabajadoras por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

No obstante, Quintanilla ha señalado que “habrá que esperar a su tramitación final ya que es preciso ver algunos aspectos que quedan pendientes como es la regulación del encuadre de las parejas de hecho de los titulares de explotaciones agrarias en el sistema Seguridad Social o los estatutos para constituir las sociedades de responsabilidad limitada que deben ser aprobados por el Ministerio de Justicia”.

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