¿Eres mayor de 45? No existes en el Real Decreto

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Los mayores de 45 años NO EXISTEN en Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Nuevas Leyes, pero los mismos errores y discriminaciones para los mayores de 45 años.

El reciente Real Decreto (RD), a lo largo de sus 64 páginas (en PDF), sigue sin aplicar medidas correctoras EFICACES para solucionar el problema de 2 millones de parados con más de 45 años.

Primera Demostración
En el Artículo 4, titulado "Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores"  (Curiosa forma de incluir a los +45) se dice que:

"1. Con objeto de facilitar el empleo estable a la vez que se potencia la iniciativa empresarial, las empresas que tengan menos de 50 trabajadores" podrán "beneficiarse" de las siguientes bonificaciones:

b) Mayores de 45 años, que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social, cuya cuantía será de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años.

El reciente Real Decreto (RD), a lo largo de sus 64 páginas (en PDF), sigue sin aplicar medidas correctoras EFICACES para solucionar el problema de 2 millones de parados con más de 45 años.Las bonificaciones, como ya se ha demostrado en años anteriores, NO han incentivado la contratación. En este caso, un +45 "vale" para el legislador 1300 euros /año y si es mujer, 1500 (125 €/mes) pero "en sectores en los que este colectivo esté menos representado"

Segunda Demostración

Disposición adicional decimosexta. Despidos colectivos que afecten a trabajadores mayores de 50 o más años en empresas con beneficios.

1. Las empresas que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad, deberán efectuar una aportación económica al Tesoro Público, siempre que en tales despidos colectivos concurran las siguientes circunstancias:

a) Que sean realizados por empresas de más de 500 trabajadores o por empresas que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores.

b) Que afecten a trabajadores de 50 o más años de edad.

¿Verdad que se parece a las Bulas aquellas en las que pagando una cantidad se permitía comer carne los viernes?
O sea, usted puede mandar al paro a una persona de 50 a cambio de una "multa" que este RD califica como "aportación al Tesoro". De paso, se sube la edad para que el segmento entre 45 y 50 sea menos considerado, se le despide "gratis total"

Y ya está "solucionado" el problema de DOS millones de mayores de 45 años. Se supone que miles de "emprendedores" con menos de 50 empleados (ya me contarán quienes y cuantos son) abducidos por la motivante cifra de 1300 euros/año, van a ir corriendo a contratar a los DOS millones de parados +45.

Además, en caso de "tener que despedirlos", solo hace falta pagar la Bula, perdón la "aportación" al Tesoro.

Alguien dirá, "pues diga usted que medidas se pueden tomar". Algunas ideas:
Demos por sentado que los empresarios no piensan contratar a los +45, en todo caso "prejubilarlos" o en Román paladino, mandarlos a la calle. Con esa primera premisa, el legislador debería partir de otra base, y dejarse de "subvenciones mileuristas anuales" 

Por ejemplo, partiendo de lo anterior, la ¿única? vía parece ser que de parado se pase a autónomo, es decir al autoempleo. Pero ese paso tiene varias dificultades.

  • Papeleo. Se deben hacer varios trámites y en varios sitios. Y eso gasta tiempo, burocracia. ¿Solución? Facilitar los trámites, menos papeleo.
  • Costes. El paso a trabajador autónomo supone asumir un pago mensual superior a los 300 euros/mes a la Seguridad Social. Soluciones: anularlo, reducirlo o posponer su pago. Curiosa comparación: esta persona debe pagar 3600 euros /año. Y el Articulo 4 "concede" 1300 o 1500 como incentivo. ¿Tiene sentido?
  • Otros costes. IVA. Si se factura, hay que pagar, no vale trabajar en "negro". Y hay que llevar unas "cuentas" o sea contratar con un asesor, otro coste. Incluso hará falta un sitio para trabajar, un PC, teléfono, ADSL, etc. Solución: adapte la Ley de IVA, pase esa bonificación de 1300/1500 para pagar a Asesores (eso crea empleo), etc.
  • Financiación. Para empezar hace falta circulante. Un parado de +45 seguro que hasta ha vendido el reloj para comer. Solución: ICO, Busines Angels estatales o semi estatales, etc. Pásenle una bonificación fiscal a quien ayude en este tema
  • Formación/Reciclaje. Puede que una persona solo sepa "hacer una cosa". Y que esa "cosa" ya no sea una fuente de trabajo (como el ladrillo). Solución: Innovar, buscar nuevos Yacimientos de Empleo, ver que sectores son emergentes y con capacidad de absorber parados (que los hay) como por ejemplo lo que proponen en http://www.empleosenior.org/11.html.
  • Otra de formación. En el RD se habla y varias veces, que la formación estará a cargo de "Las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas" Solución: Visto el "éxito" de una gran parte de las "formaciones" impartidas por estos entes, o se cambian o se les pide mas rigor y seriedad en temarios, docentes y COSTES (a justificar)

Como ven, de estas sencillas soluciones, el RD no dice nada.

*Luis Capella, experto en marketing y docente es Director y responsable de la Estrategia general y de Marketing de www.hospitaldepymes.com y de www.empleosenior.org.

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