Cuando la belleza es penalizada

Seamos serios. Cuando firmas un contrato laboral, debes aceptar las normas y códigos de conducta adoptados por la compañía de la que comienzas a formar parte. La neoyorquina Debrahlee Lorenzana ha sido despedida de Citigroup por vestir de manera provocativa bajo el criterio de los directivos de dicha entidad bancaria. Esto es muy subjetivo y habría que analizarlo escrupulosamente, aunque de igual manera que no se permite acudir al trabajo en chanclas o bermudas a los caballeros, puedo comprender restricciones en la vestimenta de las damas. Si están recogidas específicamente en el contrato, poco que objetar a la parte A…
 
Pero ahora llegamos al desagradable segundo punto, porque hay parte B. Ante la queja de Debrahlee respecto a que otras empleadas vestían de forma similar, la explicación de los superiores es de traca. Sus jefes insistieron en que el cuerpo de la joven era muy distinto al de sus compañeras y que sólo el de ella "llamaba demasiado la atención" con la inevitable consecuencia de distracciones continuas de sus compañeros de oficina.

Si a unas empleadas se las permite vestir de una manera que a otras se las veta -a causa de una anatomía agraciada-, se trata de una discriminación de género como la copa de un pino: se estaría penalizando el aspecto físico de una empleada capacitada profesionalmente.  Pues ustedes disculpen señores responsables de Citigroup, si esto es tal como lo estoy contando y como lo han reflejado todos los medios de comunicación, entonces, a los que deberían despedir en masa son a los empleados masculinos de esa sucursal: haciendo gala de una falta de profesionalidad supina, estaban más pendientes durante el horario laboral de los atributos femeninos de una compañera que del correcto y eficaz desempeño de sus funciones. A la calle todos por inmaduros y poco competentes.

Porque si a unas empleadas se las permite vestir de una manera que a otras se las veta -a causa de una anatomía agraciada-, se trata de una discriminación de género como la copa de un pino: se estaría penalizando el aspecto físico de una empleada capacitada profesionalmente.

¿Cuántos serían los centímetros de escote y falda para que estos angelitos no babeen en presencia femenina? Para algunos serán cinco, para otros diez, para otros quince…Y ya tenemos el lío montado: ¿Qué pretenden? ¿Qué las mujeres atractivas vayan en burka al trabajo para no distraer a los que se alteran por la visión de piel femenina al descubierto? ¿No deberían ser ellos los que deberían corregir una conducta poco adulta? 

El trasfondo desprende cierto tufillo a machismo trasnochado: sancionar el binomio belleza e inteligencia en pleno siglo XXI era algo ya superado hace décadas… ¿O va a resultar que no? Además, si nos ponemos a analizar la situación bajo la discutible perspectiva de los responsables de Citigroup, han demostrado poco olfato en esto de los negocios. Resulta que cuentan con una empleada cañón que desconcentra a los empleados y que da servicio directo a los clientes. Pues siguiendo la argumentación que han utilizado para el despido, deberían haber aprovechado un arma infalible entre la clientela masculina que acuda a su entidad para cerrar acuerdos beneficiosos para su banco: un cuerpo apetecible capaz de bajar las defensas y la capacidad de discernir de los hombres.

¿Ella desempeñaba correctamente sus funciones? ¿Cumplía eficazmente con su trabajo? ¿Era seria y disciplinada?  Sí todas las respuestas son afirmativas, hacer polémica del largo de su falda o el contorno de sus caderas es innecesario.

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