ÍST 82012. Familiarízate con este código, puesto que es el nombre técnico del estándar en el que se basa la nueva legislación islandesa. Este es un estándar de calidad que se redactó en 2012 y que voluntariamente ya han implementado algunas empresas. Tanto los sindicatos como las patronales participaron en su creación. La idea inicial era que las empresas se sumaran al proyecto para conseguir el certificado con el fin de mejorar su reputación y dar garantías de igualdad salarial a sus trabajadores.
Esta legislación pretende garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres por el mismo tipo de trabajo
Islandia aprobó la Ley de igualdad de estatus e igualdad de derechos entre hombres y mujeres hace diez años. Luego vino la modificación 56/2017, aprobada el pasado mes de junio. En su redactado se especifica que las empresas de más de 25 trabajadores deben cumplir los requerimientos del estándar ÍST 85:2012, mediante una auditoria que debe presentarse al Centro para la Igualdad de Género, tanto si el resultado es positivo como si es negativo.
Se implementará completamente en 2022
Respecto a la aplicación de esta ley, si bien ha entrado en vigor fue el 1 de enero, las empresas de más de 250 trabajadores tienen hasta el 31 de diciembre de 2018 para presentar su auditoría y conseguir el certificado. Las empresas de 150 a 249 trabajadores, hasta el 31 de diciembre de 2019. Las de 90 a 149 trabajadores, hasta el 31 de diciembre de 2020. Y, finalmente, las de 25 a 89 trabajadores, hasta el 31 de diciembre de 2021. De esta forma, no será hasta 2022 que todas las empresas de más de 25 trabajadores deberán contar con este certificado. Hay que tener en cuenta que las empresas de menos de 25 trabajadores quedan fuera de esta ley, lo que supone que no se garantiza la igualdad salarial a todas las trabajadoras, si bien sí a la mayoría. También hay que considerar el hecho de que las diferencias salariales más significativas se dan especialmente en las grandes empresas.
Sanciones de hasta 400 euros al día.
La intención no es recaudar sino disponer de una herramienta efectiva para asegurar la igualdad salarial.
Una de las grandes incógnitas es la cuestión de las sanciones que deberán afrontar las empresas si no consiguen el certificado. Hasta que no se resuelvan los primeros casos el próximo año, no conoceremos la cuantía exacta de las multas. La ley prevé un periodo para que las empresas regularicen la situación. En caso de no ser así, la ley especifica que las multas no superarán las 50.000 coronas islandesas al día, unos 400 euros. No se impondrán, por lo tanto, multas millonarias, puesto que la intención no es recaudar sino disponer de una herramienta efectiva para asegurar la igualdad salarial. La ley también prevé la publicación de los resultados cada dos años.
No todo se soluciona con esta ley
Esta legislación pretende garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres por el mismo tipo de trabajo. Es decir, hace referencia a la brecha salarial ajustada, la que, por resumir, compara el salario hora a hora por una misma tarea. No obstante, la brecha salarial sin ajustar incluye las diferencias salariales entre hombres y mujeres derivadas de la mayor disposición de los hombres para hacer horas extras, turnos nocturnos o fines de semana, en perjuicio de las mujeres que se ocupan de tareas familiares o del hogar no remuneradas. La ley no hace referencia a estas diferencias entre hombres y mujeres, por la cual es previsible que la media salarial continúe mostrando un fuerte desequilibrio. Si tenemos en cuenta la brecha salarial sin ajustar, a día de hoy las mujeres islandesas cobran, de media, un 72,5% de lo que cobran los hombres.
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