Quieren elevar las penas por lesiones y amenazas

Las estadísticas señalan que cada tres días hay dos asesinatos por violencia de género en Argentina. Para luchar contra esta problemática, la senadora nacional Sonia Escudero presentó recientemente un proyecto de ley con el objetivo de agravar las penas para los delitos de amenazas y lesiones cuando constituyan situaciones de violencia de género.

Se registraron 119 homicidios de mujeres durante el primer semestre de este año según un informe difundido por el Observatorio de Femicidios, elaborado por la organización bonaerense La Casa del Encuentro. Por eso, la iniciativa presentada por la senadora salteña (Salta/bloque justicialista 8 de octubre) tiene por objeto elevar un tercio las penas para situaciones de violencia de género, entendidas como aquellas tengan por víctima a una mujer –esposa, ex esposa, pareja o ex pareja- y también para los casos de personas vulnerables como menores de edad o incapaces.

“Es preciso concentrar los esfuerzos no sólo en el homicidio de mujeres, sino también, contra aquellas conductas, mucho más frecuentes como son las amenazas y las lesiones y que, en muchos casos, suponen alertas tempranas de riesgo de vida en el que se encuentra una mujer”La legisladora salteña advirtió que si bien “es absolutamente necesario avanzar en la aplicación de la figura del femicidio y por ello envié una nota a los presidentes de las comisiones para que avancen en la firma del dictamen para que el proyecto llegue al recinto lo antes posible, en esos casos el Estado llega tarde para resolver el problema. Llegamos cuando el crimen ya se cometió”.

“Por esa razón esta iniciativa plantea un agravamiento de las penas en el caso de lesiones y amenazas que se produzcan en el ámbito de la pareja. Se eleva la pena en un tercio y además se establece la inhabilitación del agresor para tener o portar armas por el doble de tiempo de la condena”, detalló.

“Lo que buscamos es dar una fuerte respuesta penal para aquellas situaciones que quedan en el umbral del femicidio. Es preciso concentrar los esfuerzos no sólo en el homicidio de mujeres, sino también, contra aquellas conductas, mucho más frecuentes como son las amenazas y las lesiones y que, en muchos casos, suponen alertas tempranas de riesgo de vida en el que se encuentra una mujer”, explicó la representante salteña.

Los cambios
El proyecto, presentado el pasado 15 de agosto, propone modificar el artículo 92 del Código Penal incorporando el siguiente párrafo: “Si la víctima de las lesiones fuera esposa, ex esposa, mujer con la que se mantuviera o hubiere mantenido una relación de pareja, mediando o no convivencia, y el agresor manifestara, a través de su acción, el aprovechamiento de una relación desigual de poder respecto de la víctima que afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la pena prevista se incrementará en un tercio más la inhabilitación para tener o portar armas de todo tipo por el doble de tiempo de la condena. La misma pena se aplicará cuando la víctima fuera persona vulnerable que conviva con el autor de las lesiones”.

Asimismo, plantea cambios en la redacción del artículo 149ter del Código Penal, para castigar con prisión o reclusión de tres a seis años las amenazas graves referidas al bienestar físico o psíquico dirigidas contra la esposa, ex esposa, pareja o ex pareja, cuando el agresor manifieste “el aprovechamiento de una relación desigual de poder respecto de la víctima que afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial”.

Al igual que en el caso anterior, la iniciativa propone aplicar la misma pena cuando la víctima de las amenazas fuera una persona vulnerable (menor o persona incapaz) que conviva con el autor de las amenazas.

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