La ley de igualdad se endurece un poco más. Las localidades con más de 3.000 habitantes deberán tener, en sus próximas elecciones municipales, un 40% de mujeres. Hasta ahora esta ley de paridad se aplicaba a núcleos con más de 5.000 residentes. Con esta ampliación, casi se duplica el número de poblaciones donde se aplica la norma.
La ley establece que ninguno de los dos sexos podrá estar representado por menos de un 40% en los municipios de 3.000 habitantes en adelante, medida que afecta también a las listas provinciales que se presentan a las Cortes. El objetivo es incrementar la presencia de mujeres en órganos de decisión política.
Las localidades con más de 3.000 habitantes deberán tener un 40% de candidatas a la alcaldía.
La normativa opta por una paridad relativa, ya que desecha las listas ‘cremallera’, alternando mujeres y hombres, o viceversa, de principio a fin, pero regula la colocación por sexos a lo largo de toda la candidatura para evitar que ese mínimo legal del 40 % de mujeres se sitúe en los últimos puestos. La Ley impone que ese equilibrio de 40/60 debe aplicarse en tramos de cinco puestos, de forma que en cada uno de ellos debe haber tres personas de un sexo y dos de otro.
En algunas comunidades como Castilla y León, Galicia, Navarra, Aragón y Cantabria la presencia masculina en los ayuntamientos supera el 70%.
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